| FORMULARIO DE
DECLARACIÓN DE PCB Y PCT
De acuerdo con el R.D. 1378/1999 y en la forma establecida
en el mismo, los poseedores de PCB están obligados a:
- Eliminar o descontaminar los PCB y aparatos que
los contengan, que posean, mediante su entrega a un gestor de residuos
autorizado.
- Declarar a las Comunidades Autónomas (CCAA)
la totalidad de los aparatos que posean, que contengan o puedan contener
PCB, incluyendo las previsiones de eliminación o descontaminación
de los mismos y los datos de los aparatos que hayan sido eliminados
o descontaminados a partir de la entrada en vigor de dicho R.D., y actualizar
las declaraciones cuando se produzcan modificaciones, con el fin de
que las CCAA puedan inventariar los aparatos anualmente y cuantificar
los ritmos de eliminación o descontaminación alcanzados.
- Etiquetar y marcar los aparatos de su posesión,
que contengan o puedan contener PCB, así como los que hayan sido
descontaminados.
Para ello los poseedores de PCBs deberán
presentar rellenado el Formulario
de Declaración de PCB y PCT en la Consejería de Medio
Ambiente de la Comunidad Autónoma.
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