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Qué es UNESA


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La Asociación Española de la Industria Eléctrica es una organización profesional de carácter sectorial, para la coordinación, representación, gestión, fomento y defensa de los intereses de las empresas eléctricas asociadas.

Aunque en la actualidad no responde en sentido estricto a su actual denominación, en el acta de constitución se estableció que, junto a su nombre oficial, se utilizaría el anagrama UNESA, por razones de continuidad histórica.

Si bien en sus orígenes UNESA data de 1944, su constitución como asociación empresarial se produjo el 24 de junio de 1999 y sus miembros fundadores fueron las cuatro empresas eléctricas entonces existentes en España: Iberdrola, Endesa, Unión Fenosa e Hidroeléctrica del Cantábrico. Posteriormente, en el año 2002 y tras su constitución como empresa independiente, se incorporó Viesgo (Grupo Enel).

Como Asociación, se constituyó al amparo de la Ley 19/77 (BOE 4 de Abril) y Real Decreto 873/77 (BOE 28 de Abril, normas declaradas vigentes por la Disposición Derogatoria de la Ley Orgánica 11/85 (BOE 8 de Agosto) en cuanto se refiere a las Asociaciones Empresariales cuya libertad de sindicación se reconoce a los efectos de lo dispuesto en el artículo 28 en concordancia con los artículos 7 y 22 de la Constitución Española y en cumplimiento del espíritu y la letra de los Convenios Internacionales de la OIT nº 87 (BOE del 11-5-1997) y nº 98 (BOE de 10-5-1998) suscritos por España.

En su gobierno y gestión se rige por lo dispuesto, con carácter general, en la legislación aplicable a las asociaciones empresariales, así como por los Estatutos aprobados por su Asamblea General.

Según se establece en sus normas estatutarias, “la Asociación tiene carácter abierto, funcionamiento democrático, se declara apolítica, independiente de Partidos y organizaciones políticas y carece de fines lucrativos” y ejerce sus actividades en todo el territorio nacional.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de los Estatutos, “podrán incorporarse en calidad de miembros asociados, las personas jurídicas que desarrollen directa o indirectamente actividades de producción, transporte, distribución o comercialización de energía eléctrica, conforme a la legislación sectorial vigente”.

   
 
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